Esta semana he decidido reflexionar un poco sobre la prisión permanente revisable, seguro que si has visto las noticias has escuchado estas palabras, pero dime, ¿sabes realmente lo que es?, pues bien, os lo voy a explicar un poco.
La prisión permanente revisable es la máxima pena privativa de libertad que existe en el Código Penal español. Fue aprobada en el Congreso de los Diputados el 26 de marzo de 2015 como parte de la Ley de Seguridad Ciudadana, con los únicos votos a favor del Partido Popular.
Como su propio nombre indica, la prisión permanente revisable es una pena de cárcel, en principio por tiempo indefinido, sujeta a revisiones que pueden servir para que el reo recupere la libertad.
El objetivo de esta pena es impedir que los delincuentes más peligrosos que no han demostrado capacidad de reinserción puedan volver a la sociedad, poniendo el peligro la vida de las personas.
Hasta su entrada en vigor, el Código Penal establecía unos límites de 25, de 30 o de 40 años de cárcel, según la gravedad de las penas, aunque reconocía el cumplimiento sucesivo de penas en caso de acumulación.
La prisión permanente revisable solo puede imponerse por asesinatos en los que concurra una específica circunstancia agravante.
Cumplida una parte de la condena que oscila entre los 25 y los 35 años, el Tribunal deberá revisar de oficio si la prisión debe ser revisada cada 2 años; y lo hará también siempre que el penado lo solicite, si bien tras la desestimación de una petición podrá fijar un plazo máximo de un año dentro del cual no se dará curso a nuevas solicitudes.
La reeducación y reinserción del reo son principios básicos de nuestra legislación penal y penitenciaria. El árticulo 25 de la Constitución Española estipula: ´´Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrá consistir en trabajos forzados´´.
Hace poco varios partidos hicieron el intento de derogar la prisión permanente revisable, pero al conocer la trágica noticia del asesinato de un niño de 8 años a manos de la pareja de su padre los debates se han abierto.
¿De verdad estamos dispuestos a que en 7 años como mucho esta asesina, como muchos otros, estén de nuevo libres?, es cierto que todos merecemos una segunda oportunidad, pero decidme, ¿ese niño va a tener una segunda oportunidad? no estoy pidiendo una pena de muerte ni mucho menos, pero sí que pague durante lo que le queda de vida lo que ha hecho.
Imaginaos por un momento que vosotros sois esa madre o ese padre, ¿de verdad estaríais de acuerdo en volver a ver a la asesina de vuestro hijo en menos de 10 años andando por la calle como si no hubiera pasado nada? yo desde luego que no, aun que claro, esto es solo mi humilde opinión.
Dicho esto nos vemos la semana que viene! Espero que os esté gustando el blog!
Como su propio nombre indica, la prisión permanente revisable es una pena de cárcel, en principio por tiempo indefinido, sujeta a revisiones que pueden servir para que el reo recupere la libertad.
El objetivo de esta pena es impedir que los delincuentes más peligrosos que no han demostrado capacidad de reinserción puedan volver a la sociedad, poniendo el peligro la vida de las personas.
Hasta su entrada en vigor, el Código Penal establecía unos límites de 25, de 30 o de 40 años de cárcel, según la gravedad de las penas, aunque reconocía el cumplimiento sucesivo de penas en caso de acumulación.
La prisión permanente revisable solo puede imponerse por asesinatos en los que concurra una específica circunstancia agravante.
Cumplida una parte de la condena que oscila entre los 25 y los 35 años, el Tribunal deberá revisar de oficio si la prisión debe ser revisada cada 2 años; y lo hará también siempre que el penado lo solicite, si bien tras la desestimación de una petición podrá fijar un plazo máximo de un año dentro del cual no se dará curso a nuevas solicitudes.
La reeducación y reinserción del reo son principios básicos de nuestra legislación penal y penitenciaria. El árticulo 25 de la Constitución Española estipula: ´´Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrá consistir en trabajos forzados´´.
Hace poco varios partidos hicieron el intento de derogar la prisión permanente revisable, pero al conocer la trágica noticia del asesinato de un niño de 8 años a manos de la pareja de su padre los debates se han abierto.
¿De verdad estamos dispuestos a que en 7 años como mucho esta asesina, como muchos otros, estén de nuevo libres?, es cierto que todos merecemos una segunda oportunidad, pero decidme, ¿ese niño va a tener una segunda oportunidad? no estoy pidiendo una pena de muerte ni mucho menos, pero sí que pague durante lo que le queda de vida lo que ha hecho.
Imaginaos por un momento que vosotros sois esa madre o ese padre, ¿de verdad estaríais de acuerdo en volver a ver a la asesina de vuestro hijo en menos de 10 años andando por la calle como si no hubiera pasado nada? yo desde luego que no, aun que claro, esto es solo mi humilde opinión.
Dicho esto nos vemos la semana que viene! Espero que os esté gustando el blog!
Buenas Marta.
ResponderEliminarMe parece muy interesante el tema que has elegido ya que es un tema que actualmente está dando mucho de que hablar. Al igual que tú pienso que asesinos peligrosos que han cometido asesinatos como el del pequeño Gabriel no deberían de salir de prisión. Aunque todos merecemos una segunda oportunidad en este tipo de casos no es justo darla. Un saludo!
Muchas gracias por comentar Nazaret! Creo que antes de ser una profesional (educadora social en nuestro caso) está el ser humana...ese niño por desgracia no va a tener una segunda oportunidad.
ResponderEliminarUn saludo.
Hola Marta!! Yo también estoy de acuerdo contigo. Todos tenemos unos derechos y principios básicos como vivir en sociedad, y tener segundas, incluso hasta a veces terceras, oportunidades. Pero como bien dices no es justo que haya delincuentes sueltos por la calle a los 6, 7, 8 o 20 años de haber cometido un asesinato porque la vida que han quitado ya no va a tener mas oportunidades. Es mas, pienso que todo el que entra en la cárcel es porque ha violado una ley del código civil español poniendo en riesgo a otras personas, y no se merece estar en la calle conviviendo sin saber lo que es la CONVIVENCIA. ¡Ojo! que con esto no quiero hacer discriminaciones a nadie porque lo primero que he dicho es que todos tenemos derecho a la re inserción, pero igual si las penas penitenciarias y la justicia española (y destaco lo de española) fuesen mas duras no habría tanto vandalismo y asesinatos. Un saludo amiga!!
ResponderEliminarEstoy totalmente de acuerdo contigo Mamen, espero que algún día los políticos se den cuenta de esto y cambie.
EliminarUn saludo!